Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado Cuarto de Primera Instancia Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara: EL ABANDONO DEL TRÁMITE, y como consecuencia, terminado el presente procedimiento de Amparo Constitucional, intentado por la sociedad mercantil PDVSA Petróleo, S.A, antes identificada, en contra de los ciudadanos NORAIMA CEPEDA, YADIRA VILLASMIL, MARÍA LUISA SÁNCHEZ, MARÍA BARBOZA, ROQUE GONZÁLEZ, MAURELIS BOHÓRQUEZ y ÁNGEL SOTO, también identificados en actas.