Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución, Administrando Justicia, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley NIEGA POR IMPROCEDENTE LA FORMULA ALTERNATIVA DE CUMPLIMIENTO DE PENA DE DESTACAMENTO DE TRABAJO, al penado: ANGEL SEGUNDO SUAREZ, titular de la cédula de identidad nro. 7.399.255 , por cuanto el mismo no cumple con los requisitos establecidos en el articulo 500 del Código Orgánico Procesal penal, todo de conformidad con los artículos 479, ordinal 1ero y 500 del Código Orgánico Ejusdem, en concordancia con el artículo 65 de la Ley de Régimen Penitenciario.