Por los razonamientos antes expuestos esta Sala Uno de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ADMITE el recurso de apelación interpuesto por los Abogados ALEJANDRO GARCÍA y HEBERTO ROLDAN LÓPEZ, en su carácter de defensores del ciudadano ALEXANDER ANALLA, con fundamento en el artículo 451 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra de la decisión de fecha 17 de septiembre de 2007, dictada por el Juzgado Vigésimo (20°) de Primera Instancia en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, mediante el cual condenó al mencionado acusado a cumplir la pena de Diez y siete (17) años de presidio, por encontrarlo culpable de la comisión del delito de ROBO AGRAVADO Y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 458 y 277 del Código Penal Vigente.
En consecuencia, se fija para el 12/11/07, a las 11:00 a.m., el act.....