El Tribunal en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara formalmente Embargados Preventivamente los conceptos antes señalados en los Literales "A", "B", "C", "D" y "E", perteneciente al ciudadano: NERIO ENRIQUE FERREBUS BOSCAN, titular de la Cédula de Identidad N°V-9.746.677, y advirtió al notificado de la obligación en que está de dar cumplimiento a lo ordenado en la presente Acta.