DISPOSITIVA
Por todo lo expuesto en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, se acuerda la reanudación del cumplimiento de la medida de Semi Libertad por el lapso de Tres (03) meses, a cumplir en el Centro Socio Educativo Pablo Herrera Campis, advirtiéndole al joven que se estará vigilando el cumplimiento de la misma, a fin de garantizar que cumpla con su obligación. Comenzará a cumplir el sábado 31 de octubre de 2009 y finalizará el día 30 de enero de 2010. Se le advirtió al sancionado que el incumplimiento de las medidas impuestas, dará lugar a la privación de libertad de conformidad con el artículo 628, parágrafo segundo, literal C de la LOPNA. Líbrese el oficio respectivo.
Regístrese, notifíquese