DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara:
1. COMPETENTE, para conocer de la presente demanda.
2. ADMITE la presente demanda de contenido patrimonial en cuanto ha lugar en derecho.
3. Cítese a la sociedad mercantil, COMPAÑÍA ANÓNIMA DE SEGUROS LA INTERNACIONAL, en la persona de su representante legal o apoderado judicial. Notifíquese a la Procuradora General de la República, y a la parte actora.
4. Se FIJA la Audiencia Preliminar, para el décimo (10º) día de despacho siguiente, a que conste en autos la última de las notificaciones practicadas, a las diez ante meridiem (10:00 a.m.).
5. Se ORDENA a la parte actora que proporcione los fotostatos correspondientes para que, se elaboren las compulsas respectivas, para practicar la citación ordenada, una vez que la parte accionante haya co.....