DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, éste Tribunal Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara INADMISIBLE LA DEMANDA la demanda que por motivo de DESALOJO DE INMUEBLE intentado por los ciudadanos: IRMA RAMONA CAMACARO y CARLOS RAFAEL GOMEZ, representada por los Abogados ALEXIS VIERA DURAN, ENRIQUE COLS LOPEZ y LUIS ERNESTO FIDHEL GONZALES, contra la ciudadana: NELIDA ANTONIETA SIRA LOPEZ, representada por los Abogados PIO REINALDO RODRIGUEZ BULLONES, CARMEN ACIRIA RODRIGUEZ AMARO y REINALDO EFIGENIO RODRIGUEZ AMARO, todos plenamente identificados en autos. En consecuencia: -------------------------------------------------------------------------------------
No hay condenatoria en costas por la naturaleza de lo aquí decidido, ello conforme a lo establecido en el Artículo 274 del Código de Procedimiento Civil vigente.---------------------------------------------------------.....