Del lo antes expresado, se hace evidente que este Tribunal en la parte dispositiva del fallo, al momento de identificar el inmueble de autos, señaló el mismo como apartamento "24", siendo lo correcto apartamento "124"; así mismo se constató, que no se indicó el literal "Y", respecto a la numeración del puesto de estacionamiento que posee dicho bien, siendo lo correcto "Y124" y no "124" como se expresó en el fallo objeto de la presente actuación. Ello trae consigo, que sea procedente la petición realizada por la actora al respecto, por lo que pasa este Tribunal a corregir el fallo proferido, en los siguientes términos:
"...En consecuencia, se ordena la partición en una proporción para cada heredero de DIECISÉIS CON SESENTA Y SIETE POR CIENTO (16,67%), de los derechos constituidos sobre siguiente bien: "... Un (1) inmueble conformado por un (1) apartamento residencial con todas sus anexidades y pertenencias, identificado con el Nº 124, situado en la planta Décima Segunda (12º) del Edifi.....