este Juzgado, de conformidad con los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA LA PERENCION DE LA INSTANCIA, en el presente juicio de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, intentada por el ciudadano ZHONGRONG MO, representante legal de la firma mercantil IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES NUMERO 1 C.A, asistido por la abogada RAIZA RODRIGUEZ PEÑALOZA, debidamente inscrita en el IPSA bajo el No.- 177.351, y de este domicilio, contra la Sociedad Mercantil Comercial Laiky C.A, en la persona de su representante legal el ciudadano HOULIN CHEN, y personalmente a la ciudadana SHUTING CEN, todos anteriormente identificados. Se ordena el archivo del expediente.