dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Declara CON LUGAR la apelación interpuesta por el abogado ARMANDO ADOLFO VIVAS MALDONADO, en representación del ciudadano JOSE ALIRIO SALINAS VIELMA. SEGUNDO: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 191 y 195 del Código Orgánico Procesal Penal, ANULA la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia de en funciones de Control N° 09, de este Circuito Judicial, en fecha 9 de junio de 2004, mediante la cual NIEGA por improcedente la solicitud de entrega de vehiculo. TERCERO: Ordena la tramitación de la solicitud respetando el debido proceso en un tribunal de Control de este Circuito judicial, distinto al que dictó la decisión anulada.