Este Tribunal de Primera Instancia en función de Juicio N° 2, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley:
PRIMERO: ACUERDA LA SUSPENSION CONDICIONAL DEL PROCESO al acusado RAUL ANTONIO DIAZ, titular de la cédula de identidad N° 6.855.546, domiciliado en San Francisco, Calle 2 con Carrera 4, Barquisimeto, Estado Lara, por la comisión del delito de Lesiones Personales Intencionales Leves, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal.
SEGUNDO: Cesa la Medida Cautelar impuesta por el Tribunal de Control de acuerdo al artículo 256 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal que hace mención a la presentación.
TERCERO: Se acuerda oficiar al Delegado de Prueba informándole sobre la presente decisión y que los acusados de autos se presentarán en ese instituto por el lapso de cuatro (4) meses y quince (15) dias.