Por las motivaciones precedentes, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley y en sede constitucional de segundo grado dicta la siguiente sentencia:
PRIMERO: Se CONFIRMA el fallo dictado el 08 de noviembre de 2010 por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, mediante el cual declaró INADMISIBLE la acción de amparo constitucional incoada por la ciudadana Carmen Ysabel Zapata Valor en contra del ciudadano Christian Eduardo Carbone Zapata;
SEGUNDO: Declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por los abogados Alirio Agustín Rendón y José S. Padrón, en su condición de apoderados judiciales de la aquí accionante;