PRIMERO: LA PÉRDIDA DEL INTERÉS PROCESAL; en consecuencia, TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, en la demanda de amparo constitucional instaurado por el abogado ARNALDO RAMÓN GUTIÉRREZ GAMBOA, titular de la cédula de identidad Nº 4.556.475, inscrito en el Inpreabogado, bajo el Nº 70.422, actuando en nombre propio, representación de sus derechos e intereses, invocando su condición de acreedor de la sociedad de comercio Venezolana Internacional de Aviación, S.A., (VIASA), contra las presuntas irregularidades y actuaciones que le impetró al Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
SEGUNDO: De acuerdo con el único aparte del artículo 25 de la Ley Orgánica de amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, se impone a la parte demandante una multa de CINCO BOLÍVARES (Bs. 5,00) pagaderos a favor del Fisco Nacional, en cualquier institución financiera receptora de fondos públicos. El sancionado de.....