DECISION
En orden a los razonamientos expuestos éste Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, declara:
CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la demandada COOPERATIVA DE SERVICIOS INTEGRALES DE MANTENIMIENTO ASESORIA Y CONSTRUCCIÒN, R.L (COOPERATIVA SIMAC, R.L) y codemandado solidario JUAN HERIBERTO PEREIRA MIJARES.
Queda en estos términos Revocada la sentencia recurrida.
No hay condena en costas dada la naturaleza del fallo.
Notifíquese la presente decisión al Juzgado A Quo.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Valencia el treinta (30) de Noviembre del año 2016. Años: 206º de la Independencia y 157º de la Federación.-
TRINIDA.....