II
DISPOSITIVO
Con fundamento en las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CONSUMADA LA PERENCIÓN, en consecuencia EXTINGUIDA LA INSTANCIA, en el presente recurso contencioso administrativo funcionarial, interpuesto por la ciudadana SOLANGE LA GRAVE DE APARICIO, titular de la cédula de identidad N° 3.958.593, asistida por el abogado Neskens Enrique Maita La Grave, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 71.061, contra el MINISTERIODE EDUCACIÓN Y DEPORTES (hoy) MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN.
Publíquese, regístrese y notifíquese, archívese el expediente en su debida oportunidad. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sel.....