Sobre la base de los razonamientos expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, extensión Puerto Cabello, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, imparte la correspondiente HOMOLOGACIÓN AL CONVENIMIENTO efectuado en el juicio por Reconocimiento de Documento Privado, interpuesto por el ciudadano JOSÉ ISRAEL FLOREZ CISNEROS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 21.466.659, de este domicilio, asistido por la abogada MARÍA ELENA CISNEROS APARICIO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 154.080, contra la SUCESIÓN MITRANO PALESCANDOLO BENEDETTO, en la persona de su representante legal ciudadano LUCIANO BENEDETTO MITRANO RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad No. V.- 20.292.761 y/o su apoderado judicial abogado ANDRÉS MANZANO, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 77.530, todos identificados en autos y se.....