Vista la presente causa, se observa que ha quedado definitivamente firme la sentencia dictada en fecha 22 de Noviembre del año 2.004, por el Tribunal Primero de Control,de éste Circuito Judicial Penal, mediante la cual condenó al ciudadano EUCLIDES ALCIDES RIVAS, titular de la cédula de identidad 13.731.441, a cumplir la pena de Cuatro (4) Meses de Prisión, por la comisión del delito de Aprovechamiento de Cosas Proveniente de delitos previsto y Sancionado en el artículo 412 del Código Penal. En consecuencia. Ejecútese