En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia Mixto en Funciones de Juicio N° 2, de este Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley.
PRIMERO: Por votación unánime de sus miembros CONDENA al ciudadano: RICCIO JAVIER CASTELLANO CABRERA, Cédula de Identidad N°: 11.431.043; venezolano; Casado; Profesión u Oficio: Militar Cabo Segundo de la Guardia Nacional; Edad: 33 años de edad; Fecha de Nacimiento: 20-08-71; Hijo de: Cupertino Castellano (f) y Bartola Cabrera; Domicilio: Calle Principal, N° 112, Barrio 5 de Julio, diagonal a Escuela María Concepción Palacio, Barquisimeto Estado Lara, por la comisión de los delitos de Homicidio Intencional Simple y Uso Indebido de Arma de Fuego, previstos y sancionados, en los artículo 407 y 278 del Código Penal, a cumplir la pena de 15 años de presidio, mas las accesorias de Ley prevista en el artículo 13 del Código Penal (D):
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