Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, se declara incompetente para conocer de la querella interpuesta por la ciudadana WAFI SORAIDA SALIH MUCHARRAFIE, por intermedio de su apoderado judicial, abogado Stalin Rodríguez, ambos, plenamente identificados en la parte motiva del presente fallo, contra los actos administrativos de efectos particulares contenidos en los Oficios Nos. 1905 y 1436, de fecha 3 de julio de 2002 y 3 de mayo de 2000, respectivamente, emanados de la Secretaría del Consejo Directivo de la Universidad Pedagógica Experimental Libertador, por tener atribuida la competencia especifica para el conocimiento y sustanciación de la misma, las Cortes de lo Contencioso Administrativo. Remítase el expediente a la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia a los fines de que conozca del conflicto negativo de c.....