DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos antes expuestos, este Juzgado en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA Orden Judicial de Aprehensión, en contra del ciudadano PASTOR ANTONIO PARTIDA AMARO, cédula de identidad Nº: 14.877.027, ya identificado, por considerar que están llenos los extremos señalados en los artículos 250, 215 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano FRANCISCO ANTONIO QUERALES MARQUES, y se ORDENA SU APREHENSION por las fuerzas de coerción del país, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, la cual una vez ejecutada, deberán conducirlo ante este Tribunal, a fin de cump.....