Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, y, en consecuencia, EXTINGUIDO EL PROCESO, en la solicitud de exequátur referente a la sentencia dictada por el Tribunal Superior del Condado de Cobb, del Estado de Georgia, Estados Unidos de Norteamérica, en fecha 15 de julio de 2010, en la cual se disolvió el vínculo matrimonial entre los ciudadanos CESAR AUGUSTO CARDOZA BENITEZ y LUZ MARY ZULETA GARCIA.
SEGUNDO: De conformidad con lo previsto en el artículo 283 eiusdem, no hay condenatoria en costas.
Publíquese, regístrese, déjese copia y notifíquese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario en lo Civil, Mercantil.....