DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el Abogado JOSÉ HERMOSO, inscrito en el Inpreabogado bajo el No 8.043, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano GUZMAN A. RODRIGUEZ T., titular de la cedula de identidad No 5.250.930.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia de fecha 6 de octubre de 2004 dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito, del Trabajo, Marítimo y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, que declaró la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la causa seguido contra la empresa PDVSA PETROLEO, S.A.FILIAL DE PETROLEOS DE VENEZUELA, S.A.