Se declaró DESISTIDA la pretensión de amparo constitucional incoada por el ciudadano ARTURO LEDEZMA RIOBUENO, titular de la cédula de identidad N° 2.932.691 e inscrito en el I.PS.A. bajo el N°. 78.518, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano RAFAEL DARIO INFANTE, identificado con la cédula de identidad n° 7.980.959, contra de la sociedad de comercio AGROPECUARIA SAN JOSE, S.R.L.