DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal de Control N° 9, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley: Da por Cumplido el Acuerdo Reparatorio señalado en el artículo 40 del Código Orgánico Procesal Penal, celebrado entre HUGO VALZA y la víctima MARÍA ENCARNACAO, Se Decreta el Sobreseimiento de la Causa y la Extinción de la Acción Penal a favor del ciudadano HUGO JOSÉ RIVAS BALZA, conforme a lo establecido en los artículos 48 º6 y 318 º 3, ambos de la Norma Adjetiva. Se acuerda dejar sin efecto la Orden de Captura librada contra el ciudadano HUGO BALZA. Por cuanto el prenombrado ciudadano fue aprehendido por funcionarios policiales por estar solicitado en la causa P-02-317, perteneciente al Tribunal de Control N° 06, permanecerá detenido a la orden de dicho Tribunal. Regístrese, Publíquese y Notif.....