REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Cuadragésimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, treinta y uno (31) de marzo de dos mil nueve (2009)
198º y 150º
ASUNTO: AP21-L-2008-004051
Visto el escrito transaccional presentado en fecha 23 de marzo de 2009, por la parte demandada la empresa INVERSIONES H.R.C., C.A. (RESTAURANT HARD ROCK CAFÉ), representada por su apoderada judicial la abogada VANESSA FUGUET, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 107.647, y por la abogada MARÍA SUAZO, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 63.410, actuando en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana DORANNY GIL NIETO, transacción efectuada por el monto de TRES MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVA BOLÍVARES CON NOVENTA Y NUEVE CÉNTIMOS (Bs. 3.999,99), este Juzgado para decidir observa:
En atención a lo dispuesto en el artículo.....