Por los fundamentos antes expuesto, este Juzgado Septimo de Ejecucion del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, ORDENA la libertad del ciudadano TOMAS JOSE GUTIERREZ, de nacionalidad Venezolana, natural de Porlamar, Estado Nueva Esparta, titular de la cedula de identidad N° 9.306.769, hijo de Felipa de Jesus Gutierrez y Tomas Aquilino Rodriguez, residenciado en el Barrio La Polar, calle y casa S/N, cerca de la bloquera Villalobos, Maracaibo, Estado Zulia, en virtud del auto dictado por este Tribunal en fecha 08-04-02, en el cual ordena pasar por autoridad de cosa Juzgada la causa seguida al referido penado por el delito de Hurto agravado, cometido en perjuicio de la Fundacion Parque Sur Zoologico, por haber transcurrido mas del tiempo suficiente para el cumplimiento
de la pena impuesta, Registrese la presente decision. Librese boleta de excarcelacion y remitase con oficio al Director de la Carcel Nacional .....