DISPOSITIVO
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la recusación formulada en fecha cuatro (04) de marzo de dos mil dieciséis (2016), por la abogada ANDREINA PARADA BRICEÑO, en su carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil ALL FACTORING DE VENEZUELA, C.A., en los asuntos Nros. AP11-C-2014-002396 y AP11-C-2014-002398, contra el Dr. LUIS ERNESTO GÓMEZ SÁEZ, Juez Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con base en el ordinal 18º del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, en la CARTA ROGATORIA proveniente del Tribunal de Distrito del Circuito Judicial 11º en y para el Condado de Miami-Dade, Florida, Estad.....