Por todos los razonamientos de hecho y de Derecho expuestos, el Juez Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por la autoridad que le confieren la Constitución, Ley y el Derecho, DECIDE con lugar las pretensiones del actor y se condena a la demandada a pagar la prestación de antigüedad y sus intereses, vacaciones (Bsf. 506.115,00), bono vacacional (Bsf. 245,29), utilidades (Bsf. 467,60), beneficio de alimentación (Bsf. 4.395,30) y salarios caídos (Bsf. 6.831,00), cantidades adaptadas al régimen monetario vigente y lo que determine la experticia complementaria del fallo