En virtud de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en la ciudad de Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la reclamación de Prestaciones Sociales, interpuesta por el ciudadano: MIGUEL RAUL ONTIVEOS ARELLANO contra COOPERATIVA PPA24 R.L, todos arriba identificados.
SEGUNDO: Se condena a la demandada COOPERATIVA PPA24 R.L., a pagar la cantidad de Cuarenta y Seis mil Doscientos Setenta y Un Bolívares con Sesenta y Ocho Céntimos (Bs.f. 46.271,68), por los conceptos y montos arriba especificados.
TERCERO: Se condena el pago de las cantidades que resulten de la experticia complementaria del fallo, tal como quedó expuesto en la motiva.
CUARTO: Se condena en costa a la demandada COOPERATIVA PPA24 R.L., por resultar totalmente vencida.
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