Por las motivaciones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta la siguiente sentencia:
PRIMERO: ANULA el auto dictado el 20 de noviembre de 2013, por el Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas que había declarado la ejecución voluntaria en el juicio de Partición de Comunidad Conyugal seguido por el ciudadano Carlos Antonio blanco Maldonado contra la ciudadana María del Carmen Ruiz, relativo al inmueble identificado ab initio;
SEGUNDO: Se REPONE LA CAUSA al estado de que, previa articulación probatoria del conformidad con el artículo 607 del Código de Procedimiento Civil, sea dictada nueva decisión que no incurra con los vicios determinados en el fallo recurrido;
TERCERO: .....