- IV -
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio Ejecutor de Medidas e Itinerante de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por REINTEGRO ARRENDATICIO ejercida por la empresa INVERSIONES K’SUALMANIA, C.A., contra la empresa ZAZPIAK INVERSIONES, C.A., ambas plenamente identificadas en el encabezado del presente fallo.
SEGUNDO: En consecuencia, se ordena a la parte demandada efectuar a favor de la parte actora, el pago de la cantidad de TRES MILLONES TRESCIENTOS SESENTA MIL SETECIENTOS TREINTA Y CINCO BOLÍVARES CON SETENTA Y SEIS CÉNTIMOS (Bs. 3.360.735,76).
TERCERO: Dada la naturaleza de la presente decisión no hay especial condenatoria en costas.