este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, administrando Justicia en nombre la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la ACCIÓN MERO DECLARATIVA DE UNIÓN ESTABLE DE HECHO interpuesta por la ciudadana la ciudadana NATHALY ANDREINA BASTIDAS BRICEÑO, representada por el abogado MARIO RAFAEL PENSO RODRIGUEZ, en contra del ciudadano JOSLY JOEL TORRES CARRILLO, todos previamente identificados. En consecuencia se DECLARA la existencia de la unión estable de hecho entre la ciudadana NATHALY ANDREINA BASTIDAS BRICEÑO antes identificada y el ciudadano JOSLY JOEL TORRES CARRILLO, con fecha de inicio el 06 de Diciembre de 2.011 hasta el mes de Febrero de 2.016.
SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas procesales a la parte demandante por resultar totalmente vencida en el presente juicio.
TERCERO: La .....