En consecuencia se le imparte la HOMOLOGACIÓN en los términos expuestos de conformidad con los artículos 263 y 265 del Código de Procedimiento Civil, se da por terminado el presente juicio, asimismo se acuerda la devolución de los originales solicitados previa certificación en autos conforme lo establece el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Archívese el expediente.
El Juez,