Por todas las evidencias y razones aquí expuestas, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DEL JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por motivo de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES fue interpuestas por el ciudadano LUIS ENRIQUE AULAR ZERPA, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 13.809.872 contra la empresa SERVICIOS TECNICOS RYCMA, S.R.L..