DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos con anterioridad, esta SALA Nº 2 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: DECRETA LA NULIDAD DE OFICIO de la Audiencia Preliminar celebrada por el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS el día 17 de Julio de 2.008, en el caso de los ciudadanos: JHONNY JESÚS VALERO RONDÓN, GERSON EDUARDO VELASCO DELGADO y MIGUEL ANGEL GALUÉ MARTÍNEZ y de todos los actos posteriores a la misma y sus consecuencias jurídicas, con excepción de esta decisión; conforme a los artículos 26 y 49.1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y los artículos 190, 191, 195 y 196 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: ORDENA a otro Tribunal en funciones de Cont.....