DISPOSITIVA
Por los razonamientos arriba expuestos, este JUZGADO DECIMO SEGUNDO DE CONTROL, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA, EXTENSIÓN CARORA, ADMINISTRANDO JUSTICIA DE NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RESUELVE: PRIMERO: SE DECLARA CON LUGAR LA APREHENSIÓN EN FLAGRANCIA de acuerdo a lo establecido en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal; sólo a los efectos de legitimar su detención, de conformidad con lo previsto en el ordinal 1º del artículo 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en la presente causa seguida a la imputada ORFAMY CARDONA IDARRAGA, Venezolana (Naturalizada), Titular de la Cedula de Identidad Nº 22.231.620, natural de la Dorada, Departamento Calda, República de Colombia, nacida en fecha 29-11-1978, de 32 años de edad, de estado civil soltera, de profesión u oficio oficios del hogar, residenciada en casigua el cubo, detrás de la Alcaldía, casa de color azul, Estado Zulia. Te.....