Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Undécimo de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por cobro de Diferencia de Prestaciones Sociales y otros conceptos interpuesta por la ciudadana María Gisela Novoa contra la República Bolivariana de Venezuela, por Órgano del Ministerio del Poder Popular Para Vivienda y Hábitat - Oficina Técnica Nacional para la Regularización de la Tenencia de las Tierras Urbanas, en consecuencia, se ordena a la demandada a pagar a la parte actora los conceptos y cantidades que se desprenden de la parte motiva del fallo. SEGUNDO: Dada la naturaleza del fallo no hay expresa condenatoria en costas. TERCERO: Se ordena la notificación de la Procuraduría General de la República de conformidad con las previsiones del artículo.....