Por los razonamientos que anteceden, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de esta Circunscripción Judicial en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana MARIA REVILLA contra la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, SERVICIO AUTONOMO DE REGISTROS Y NOTARIAS (SAREN), por salarios caídos. SEGUNDO: Se condena al demandado a pagar la indexación judicial conforme al fallo de la Sala de Casación social del TSJ, del 11-11-2008 en concordancia con lo dispuesto en el art. 89 del Decreto con rango valor y fuerza de Ley de reforma parcial del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, para lo cual se ordena experticia complementaria del fallo a cargo de un solo experto contable designado por el Tribunal al que le corresponda la ejecución.
TERCERO: Se exonera de costas a la parte demandada.