DECISIÓN
En mérito a las anteriores consideraciones este Juzgado del Municipio Crespo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, y a tenor de lo previsto en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y del Adolescentes, declara: CON LUGAR la demanda que por Obligación de Manutención, intentada por la ciudadana YELIMAR YOSCARI GOMEZ LUGO en contra del ciudadano SECUNDINO ESCALONA SALAS, suficientemente identificados en Autos, en consecuencia se fija por concepto de manutención la cantidad de de Seiscientos Bolívares (Bs. 600) mensuales, debiendo ser cancelados semanalmente a razón de Ciento Cincuenta Bolívares (Bs. 150) semanales.
Ambos padres deberán cubrir en un cincuenta por ciento (50%) cada uno, los gastos médicos y de medicinas, ropa, calzado, recreación, cultura y deporte que requiera la Adolescente.
El padre deberá otorgar la cantidad de Mil Quinie.....