PRIMERO: Se imparte la debida HOMOLOGACION a la transacción judicial presentada en fecha veintitrés (23) de octubre de dos mil diecisiete (2017), suscrita entre la Sociedad Civil ESCRITORIO JURIDICO ESCARRÁ y el ciudadano GUSTAVO BURKLE en su carácter de las empresas ADMINISTRADORA INSUMERCA, C.A, PROMOCIONES YAU, C.A Y DISTRIGLOBAL, C.A procediendo como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Así se decide.-
SEGUNDO: SE ORDENA SUSPENDER la medida de PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR sobre el bien inmueble constituido por una parcela de terreno y la casa quinta sobre esta construida, distinguida con el Nº 120, en el plano general de la urbanización El Hatillo, ubicada en la calle P-3 QTA. Iliana, Urbanización Portal del Hatillo, Municipio el Hatillo del Estado Miranda, decretada en fecha veintidós (22) de junio de dos mil siete (2007), por el Juzgado Sexto de Primera Instancia de esta Circunscripción Judicial.
TERCERO: Se ordena la remisión de las presentes actuaciones al Ju.....