Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso procesal de apelación interpuesto por el demandante, sociedad de comercio SENZANI INTERNACIONAL C.A.; SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia dictada el 31 de octubre de 2018 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, que declaró IMPROCEDENTE la pretensión por cumplimiento de garantía y daños y perjuicios interpuesta por la sociedad de comercio SENZANI INTERNACIONAL C.A. en contra de las sociedades de comercio CENTRO AUTO C.A. y CHRYSLER DE VENEZUELA L.L.C.