En fuerza de los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado CARMINE ROMANIELLO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 18.482, en su carácter de apoderado judicial de la codemandada en tercería, la Sociedad Mercantil CONSTRUCTORA ESPIRITU SANTO, C.A., contra la sentencia dictada por el Juzgado Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 13 de abril de 2021, mediante la cual se declaró SIN LUGAR las cuestiones previas 11º y 6º, en ese orden, del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, en la demanda de tercería interpuesta por la ciudadana DORIS INÉS ORTIZ ARMAS, en contra de la Sociedad Mercantil CONSTRUC.....