DECRETA la PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD del ciudadano: Javier Enrique Goitia, Venezolano, natural de Carúpano, de 22 años de edad, nacido en fecha: 15-07-1989, de profesión u oficio Obrero, de estado civil soltero, Titular de la Cédula de identidad Nº - 25.782.872, hijo de: Desconocido y Ester Goitia, residenciado en: la Concepción, calle principal, Municipio Mariño, del Estado Sucre, por la presunta comisión delito de TRÁFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 149, en su primer aparte, de la Ley Orgánica de Droga, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD.