En consecuencia, por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, en contra del imputado JOHAN MANUEL GUERRERO URDANETA, venezolano, natural de Vigía estado Mérida, de 29 años de edad, nacido el 29-08-194, de estado civil soltero, hijo de Ana Guerrero y Domingo Rincón, profesión u oficio: moto taxista, Cédula de Identidad Nº 17.622.815, residenciado en: Guiria de la Playa, sector las Viviendas, calle principal, casa sin numero, cerca del estadio, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, por encontrarse incurso en la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA FISICA, VIOLENCIA PSICOLOGICA, y AMENAZAS, previstos y sancionados en el artículo 42, 39 y 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio.....