En consecuencia, este Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
1. CON LUGAR, la demanda de NULIDAD DE CONTRATO DE OPCION DE COMPRA VENTA POR INCUMPLIMIENTO, presentada por el ciudadano JAFETH ENRIQUE ULACIO MATHEUS, plenamente identificado en contra del ciudadano CARLOS EDUARDO UGARTE .
2. Se ordena:
La NULIDAD DEL CONTRATO DE OPCION DE COMPRA VENTA POR INCUMPLIMIENTO.
La entrega del vehículo marca Camioneta, tipo PICK-UP, uso carga, marcha Chevrolet, Modelo C-10, AÑO 1.980, COLOR ORIGINAL Amarilla, actualmente Negra, Placas Nros. 300-MBO, serial de la carrocería CCD14AV214937, serial del Motor CAV214937.
La cancelación de créditos otorgados por la cantidad de NOVECIENTOS TREINTA Y SEIS MIL CIENTO QUINCE BOLIVARES CON DOS CENTIMOS (Bs. 936.115,02).
La cancelación de TRES MILLONES DE.....