La Corte declaró SU COMPETENCIA para conocer de la consulta de Ley prevista en el artículo 70 del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, de la sentencia de fecha 25 de febrero de 2005 emanada de la Corte de Apelaciones en lo Penal, Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo, Menores, y Contencioso Administrativo del Estado Amazonas, que declaró SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto y, asimismo, declara IMPROCEDENTE la consulta de Ley en el presente caso, con base a las motivaciones expuestas. 01