Por todo lo anterior, este Tribunal Segundo de Juicio de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, SE CONDENA del ciudadano: ANGEL FELICIO GRATEROL POLANCO, venezolano, de 25 años de edad, nacido en fecha 17/07/1983, titular de la cédula de identidad N° 15.917.495, cédula de identidad N° 15-917.495, de 25 años de edad, nacido en Coro, Estado Falcón, Obrero, casado, y domiciliado, carretera Coro Churuguara Sector El Hatillo, cerca del Centro Familiar Mi Casit., por el delito LESIONES PERSONALES GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal, a la pena Dos (02) años de prisión, conjuntamente con las penas accesorias previstas en el artículo 16 del Código Penal; vale decir, a la inhabilitación política durante el tiempo de la condena y a la sujeción a la vigilancia de la Primera Autoridad por una quinta parte del tiempo de la condena, terminada esta. Pena esta que terminará de cumplir conforme a las preci.....