En atención a los fundamentos de hecho y de derecho que anteceden, este Tribunal Primero de Control de la Sección de Adolescentes, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República, por Autoridad de la Ley, DECLARA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, a favor de la adolescente: OMISSIS, quien presuntamente se encuentra incursa en la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 408, ordinal 1°, del Código Penal Vigente, para la época en que ocurrió el hecho, en perjuicio de la adolescente: BALBINA ALEEN SALCEDO COA (OCCISA), de 16 años de edad, para la época del suceso, hija de Teresa Coa y Jesús Salcedo, residenciada en el Barrio El Calvario, Casa N° 39, Guarenas Estado Miranda, en virtud que, el hecho objeto del presente proceso no se le puede atribuir, a la imputada y por consiguiente es evidente la falta de una condición necesaria para imponer una sanción, de conformidad con lo previsto e.....