este Tribunal TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, IMPARTIENDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, pasa a tener como procedente la Inhabilitación solicitada por la ciudadana MILAGROS DEL CARMEN ROJAS DE SANTANA, de su esposo ciudadano PEDRO RAFAEL SANTANA CHIRINOS, y acuerda tener como inhábil a dicho ciudadano PEDRO RAFAEL SANTANA CHIRINOS, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 2.787.150, para estar en juicio, celebrar transacciones, dar ni tomar a préstamos, percibir sus créditos, liberaciones, enajenar o gravar sus bienes, o para ejecutar cualquiera otro acto que exceda de la simple administración, quedando designado como curador para los efectos de su representación a la ciudadana MILAGROS DEL CARMEN ROJAS DE SANTANA, quien es venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.503.598. Se acuerd.....