este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley , Decreta: De conformidad con lo establecido en los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal, PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra de HENRY MARTÍN ROBLES MELENDEZ, venezolano, de 36 años de edad, titular de la Cédula de identidad N° 12.732.228, residenciado en el Barrio Cruz verde, calle progreso, casa N° 116, Coro, estado Falcón, por la comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, previsto y sancionado en el artículo 470 del Código Penal vigente en su primer aparte; y a FRANK MICHAEL GUTIERREZ ROBLES, venezolano, de 25 años de edad, obrero, titular de la cédula de identidad N° 17.178.735, domiciliado en la calle progreso, casa N° 04, Coro, estado Falcón y DARWIN JOSÉ NAVARRO COLINA, venezolano, de 21 años de edad, de estado civil soltero, titular.....